Artículo 46. Operaciones de crédito autorizadas a organismos autónomos y entes públicos.
Artículo 46 de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998. · BOE-A-1997-28052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza a los organismos y entidades que figuran en el anexo III de esta Ley a concertar operaciones de crédito durante 1998 por los importes que, para cada uno, figuran en el anexo citado.