Artículo 46. Promoción del turismo LGTBI.
Artículo 46 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-12291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-01.
Texto consolidado
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá un turismo diverso e inclusivo donde se visibilice a las personas LGTBI como agentes o sujetos de la actividad turística dentro de sus planes o proyectos, con especial énfasis en el medio rural.
2. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha apoyará eventos inclusivos que promuevan el valor positivo de la diversidad sexual y sean objeto de interés turístico.