Artículo 46. Ayudas para el retorno de personas extremeñas en el exterior.
Artículo 46 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.
Texto consolidado
Las bases reguladoras de las ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias deberán prever la inclusión de ayudas específicas a las personas extremeñas en el exterior y sus familiares a cargo cuando, por graves perturbaciones económicas en el lugar de procedencia, consecuencia de situaciones excepcionales y de fuerza mayor, hayan de retornar a Extremadura.