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Ley Vigente

Artículo 45. Medidas para mejorar el saldo migratorio.

Artículo 45 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas de Extremadura, en el marco de sus respectivas competencias, impulsarán el desarrollo de estrategias de carácter integral dirigidas a propiciar un saldo migratorio positivo y a la mejora de las tasas de actividad y ocupación de la región.

2. Con esta finalidad diseñarán políticas específicas, coordinando, entre otras, las actuaciones en materia de política social, empleo y vivienda, para que las personas extremeñas y su descendencia consideren Extremadura como el lugar idóneo para establecerse.

3. La Junta de Extremadura fomentará en los medios de comunicación el conocimiento de la Extremadura rural, dando traslado de su imagen real, lejos de estereotipos sobre la vida en los pueblos.

4. Establecer una estrategia para atraer a nuevos pobladores al medio rural, mediante la implementación de programas de acompañamiento y asesoramiento, y colaborar con los ayuntamientos para que en sus políticas de reto demográfico refuercen sus servicios para conseguir ser lugares atractivos para convertirlos en destino de nuevos pobladores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

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