Artículo 46. La promoción y protección de la pilota valenciana.
Artículo 46 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.
Texto consolidado
1. La Generalitat apoyará y tutelará el deporte de la pilota valenciana, colaborando con la federación deportiva de esta modalidad.
2. Asimismo, se garantizará su conocimiento y práctica, fundamentalmente por los deportistas en edad escolar, y su difusión dentro y fuera de la Comunitat Valenciana.