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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 46. Operaciones de endeudamiento.

Artículo 46 del Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario. · BOE-A-1998-23234

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-03.

Texto consolidado

1. Las operaciones de endeudamiento que realice el Principado de Asturias deberán responder a alguna de las siguientes modalidades:

a) Concertación de préstamos;

b) emisión de deuda pública, y

c) prestación de avales.

2. Estas operaciones podrán ser concertadas en moneda extranjera o en el extranjero, en las condiciones y con las limitaciones que la legislación establezca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-03.

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