Artículo 45.
Artículo 45 de la Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2024-17642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-31.
Texto consolidado
Para la validez de la constitución de la Comisión Delegada se requerirá la concurrencia, en primera convocatoria, de la mayoría de sus miembros, y en segunda, de la tercera parte de los mismos.
La primera y segunda convocatorias estarán separadas como mínimo, por media hora, y dos, como máximo.