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Real Decreto Vigente

Artículo 45.

Artículo 45 del Real Decreto 542/2004, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. · BOE-A-2004-9434

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-05-22.

Texto consolidado

Consistirán los caudales de la Academia:

a) En la asignación ordinaria que se le concede en los Presupuestos Generales del Estado y en los demás créditos presupuestarios, ayudas y subvenciones que pueda, en su caso, recibir con cargo a los presupuestos de las Administraciones públicas.

b) En los productos y utilidades de sus obras y actividades y de los demás ingresos procedentes de su patrimonio y de las donaciones, herencias y legados que reciba, incluyendo toda clase de bienes muebles, inmuebles y derechos. Estos caudales serán recaudados por el Vicedirector-Tesorero, con cuenta y razón intervenida por el Director, y administrados por la Comisión de Administración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-05-22.

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