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Real Decreto Derogada

Artículo 45. Junta de Decanos.

Artículo 45 del Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación. · BOE-A-2006-7681

Atención: Real Decreto 418/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Junta de Decanos es el órgano moderador, de asesoramiento, coordinación y equilibrio territoriales de los órganos generales de gobierno que integra en su seno las opiniones de los cargos electos y las de otros colegiados destacados por su reconocido prestigio profesional o personal. Estará integrado por los siguientes miembros:

a) Los Decanos de las Demarcaciones territoriales.

b) El Decano-Presidente, el Secretario General y el Tesorero del Colegio.

c) Los miembros anteriores podrán designar hasta un máximo de cuatro miembros más, elegidos entre Ingenieros Técnicos de Telecomunicación de reconocido prestigio.

2. Está presidida por uno de los miembros de la Junta de Decanos, elegido entre ellos. Su Secretario es el Secretario General.

3. Los acuerdos se adoptarán por mayoría. Sólo podrán votar los Decanos de Demarcación y el Decano-Presidente. El voto será ponderado en función del número de colegiados adscritos a cada Demarcación, siendo el del Decano-Presidente el correspondiente al número de colegiados con domicilio en el territorio en que no haya constituidas Demarcaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-30.

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