Artículo 45.
Artículo 45 de la Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona. · BOE-A-1981-6568
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-04-07.
Texto consolidado
La Academia gestionará, cuando lo considere oportuno, la convocatoria de congresos científicos nacionales o internacionales, mediante acuerdo de la Junta general a propuesta de la de Gobierno.