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Ley Foral Vigente

Artículo 45. Régimen jurídico general.

Artículo 45 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. · BOE-A-2019-4299

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.

Texto consolidado

1. Los organismos públicos se ajustarán al principio de instrumentalidad respecto de los fines y objetivos que tengan específicamente asignados.

2. En su organización y funcionamiento, los organismos públicos se atendrán además a los criterios dispuestos para la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en la presente ley foral y normativa de desarrollo, sin perjuicio de las peculiaridades establecidas para las entidades públicas empresariales en la Subsección 3.ª del presente capítulo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-15.

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