Artículo 45. Participación equilibrada en los centros docentes.
Artículo 45 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia. · BOE-A-2024-2663
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-31.
Texto consolidado
La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la consejería con competencias en materia de educación, promoverá una composición equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de control y de gobierno de los centros docentes.