Artículo 45. Régimen de contratación.
Artículo 45 de la Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil. · BOE-A-2019-7840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-01.
Texto consolidado
1. La contratación del Consejo de la Juventud del Principado de Asturias se ajustará a las prescripciones de la legislación en materia de contratos de las Administraciones Públicas.
2. Actuará como órgano de contratación quien ostente la Presidencia del Consejo, precisando la autorización del Consejo de Gobierno cuando, por razón de la cuantía, corresponda a este autorizar el gasto.