El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 45.

Artículo 45 de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.

Texto consolidado

1. El Consejo de Archivos será presidido por el Consejero de Cultura y Bienestar Social y estará constituido por representantes de las distintas redes, centros y servicios integrados en el sistema, así como por representantes de asociaciones profesionales de archiveros y otras personas de reconocida solvencia dentro de los archivos, la docencia de la materia y la investigación documental e histórica.

2. La composición, funciones y organización del Consejo de Archivos de Castilla y León serán establecidas por vía reglamentaria. Sus miembros serán nombrados por el Consejero de Cultura y Bienestar Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-06-04.

Más artículos de Ley 6/1991

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1991 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.