Artículo 45. Efectos.
Artículo 45 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja. · BOE-A-2003-7528
Atención: Ley 4/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Espacios Naturales Protegidos afectados por estas Normas de Protección deberán tener la consideración de suelo no urbanizable de protección especial en el correspondiente planeamiento urbanístico municipal.