Artículo 45. Objetivo.
Artículo 45 de la Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón. · BOE-A-2020-14695
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-31.
Texto consolidado
El Sistema Estadístico Oficial de Aragón perseguirá la consecución de la excelencia en la prestación del servicio público estadístico aplicando las medidas contenidas en la Ley 5/2013, de 20 de junio, de Calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.