El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 44. Comunicación al Instituto Aragonés de Estadística.

Artículo 44 de la Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón. · BOE-A-2020-14695

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-31.

Texto consolidado

1. Cualquier envío de datos que las unidades estadísticas sectoriales efectúen a otros órganos o unidades estadísticas será comunicado al Instituto Aragonés de Estadística, que podrá recabar copia de los datos enviados.

2. Igualmente, las solicitudes de datos o resultados estadísticos que formulen las unidades estadísticas sectoriales se comunicarán previamente al Instituto Aragonés de Estadística.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-10-31.

Más artículos de Ley 2/2020

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.