Artículo 45. Tipo de gravamen.
Artículo 45 de la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua. · BOE-A-2002-18101
Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El tipo de gravamen del canon de aducción, expresado en euros por metro cúbico, será fijado, previo el estudio económico justificativo correspondiente y atendiendo a la finalidad del tributo, por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del año siguiente a la constitución de la Entidad de Derecho Público Aguas de Castilla-La Mancha, y se prorrogará para los ejercicios sucesivos mientras no sea modificado o derogado expresamente.