Artículo 44. Período de liquidación.
Artículo 44 de la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua. · BOE-A-2002-18101
Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El canon de aducción se devengará mensualmente, a partir del momento a que se refiere el artículo 40.2 de la presente Ley. A estos efectos, Aguas de Castilla-La Mancha girará a los sujetos pasivos las liquidaciones correspondientes.