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Ley Derogada

Artículo 44. Período de liquidación.

Artículo 44 de la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua. · BOE-A-2002-18101

Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El canon de aducción se devengará mensualmente, a partir del momento a que se refiere el artículo 40.2 de la presente Ley. A estos efectos, Aguas de Castilla-La Mancha girará a los sujetos pasivos las liquidaciones correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-09.

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