Artículo 45. Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
Artículo 45 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-15799
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-06-13.
Texto consolidado
La Cámara de Cuentas canalizará a través de su Presidente las relaciones con el Tribunal de Cuentas.