Artículo 45. Clases.
Artículo 45 de la Ley 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor. · BOE-A-1995-9683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-01.
Texto consolidado
El acogimiento familiar puede revestir las siguientes modalidades, según el procedimiento seguido a tal efecto:
a) Acogimiento familiar administrativo.
b) Acogimiento familiar judicial.