Artículo 45. Tipo de gravamen reducido para las transmisiones patrimoniales onerosas de determinados bienes muebles.
Artículo 45 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado. · BOE-A-2018-8159
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-24.
Texto consolidado
El tipo aplicable a las transmisiones de vehículos comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 kg de masa máxima autorizada, será del 4 %, siempre que la adquisición se efectúe por parte de contribuyentes que realicen actividades económicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al Impuesto sobre Sociedades y que se afecten a la actividad.
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