Artículo 44. Contenido.
Artículo 44 de la Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de Castilla y León. · BOE-A-2003-9100
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-28.
Texto consolidado
1. La Administración Autonómica y las Administraciones Públicas dentro del ámbito de sus competencias garantizarán la atención integral a las personas mayores dependientes y el apoyo a sus familias a través de la prestación coordinada de Servicios Sociales y sanitarios, tanto en el propio domicilio como en centros adecuados, utilizando de forma eficiente todos los recursos disponibles.
2. La Junta de Castilla y León promoverá la puesta en marcha de proyectos que faciliten la permanencia de las personas mayores dependientes en su entorno familiar y social mediante programas individualizados, con el apoyo expreso a las familias y con el establecimiento de las ayudas técnicas específicas.