Artículo 44. Apoyo a la familia de las personas inmigrantes.
Artículo 44 de la Ley 15/2008, de 5 de diciembre, de integración de las personas inmigrantes en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2009-442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-11.
Texto consolidado
La Generalitat ofrecerá a las personas inmigrantes información sobre:
a) El derecho a la reagrupación familiar.
b) Las ayudas públicas a la familia.
c) Los medios y procedimientos que faciliten el flujo de remesas dinerarias de las personas inmigrantes hacia sus países de origen.