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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 44. Instrumentos de la ordenación urbanística.

Artículo 44 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. · BOE-A-2019-1790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-25.

Texto consolidado

1. El instrumento de planeamiento general tiene como objeto establecer la ordenación estructural y, en su caso, la ordenación detallada, conforme a su regulación. El instrumento de planeamiento general es el Plan General Municipal.

2. Los instrumentos complementarios del planeamiento general, cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación estructural y detallada, conforme a su objeto son:

a) Planes Especiales.

b) Catálogos.

3. Los instrumentos de desarrollo del planeamiento general cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación detallada, conforme a su objeto son:

a) Planes Parciales.

b) Estudios de Detalle.

4. Contribuyen a la ordenación urbanística y, en su caso, la complementan, los siguientes instrumentos:

a) Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.

b) Normas Técnicas de Planeamiento.#a1

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto-ley 10/2020, de 22 de mayo, de medidas urgentes para la reactivación económica en materia de edificación y ordenación del territorio destinadas a dinamizar el tejido económico y social de Extremadura, para afrontar los efectos negativos de la COVID-19..

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