Artículo 43. Presunción de conformidad.
Artículo 43 del Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes. · BOE-A-2016-2578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-16.
Texto consolidado
Se presume que un organismo de evaluación de la conformidad cumple los requisitos establecidos en el artículo anterior cuando demuestre que cumple los criterios establecidos en las normas armonizadas aplicables cuyas referencias se hayan publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» y en la medida en que dichas normas armonizadas cubran los requisitos del artículo 42.
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