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Real Decreto Derogada

Artículo 43. Relaciones científicas y culturales.

Artículo 43 del Real Decreto 367/2002, de 19 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia de Farmacia y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2002-8738

Atención: Real Decreto 367/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Real Academia mantendrá especiales relaciones con las demás Reales Academias del Instituto de España, las de las Comunidades Autónomas e Iberoamericanas, específicamente farmacéuticas. En general, a través de sus Académicos de Número o Correspondientes, y de la propia Academia, con los Organismos públicos, Universidad, singularmente Facultades de Farmacia y de ciencias afines, tanto nacionales como extranjeras; así como con la Profesión Farmacéutica.

2. Igualmente, con las Administraciones públicas y, en su caso, entidades privadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-09.

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