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Real Decreto Vigente

Artículo 43. De las inundaciones.

Artículo 43 del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. · BOE-A-2023-3511

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-11.

Texto consolidado

La gestión de las inundaciones, en defecto de disposición de carácter general aplicable, se desarrollará teniendo en cuenta el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil para el periodo 2022-2027 y los criterios establecidos en los artículos 44 a 46, ambos inclusive.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-11.

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