Artículo 43. Competencia del Consejo.
Artículo 43 del Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes. · BOE-A-1979-3121
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-22.
Texto consolidado
El Consejo General tendrá la máxima competencia cuando se trate de materia que afecte a la generalidad de los Colegiados o a conflictos entre dos o más Colegios y entre Colegiados de distintos Colegios.