Artículo 43. Reposición de avales y reservas técnicas.
Artículo 43 del Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. · BOE-A-2008-20680
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-23.
Texto consolidado
La garantía mediante aval o reserva técnica solamente podrá reducirse o cancelarse por aplicación a la reparación de los daños medioambientales y su reposición se realizará conforme al artículo 31.2 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, mediante un nuevo aval, una nueva reserva técnica o acudiendo a cualquiera de las otras modalidades de garantía.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.