Artículo 43. Publicación.
Artículo 43 del Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2001-22623
Atención: Real Decreto 1250/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Todas las resoluciones sobre revocación de los destinos y cese en ellos se publicarán en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».
2. Con las excepciones determinadas en los artículos anteriores, la publicación de estas resoluciones sustituirá a la notificación.