Artículo 43.
Artículo 43 de la Orden de 23 de enero de 1964 por la que se aprueban los Estatutos Generales por los que ha de regirse el Colegio Nacional de Ingenieros procedentes del Instituto Católico de Artes e Industrias. · BOE-A-1964-3432
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1964-12-29.
Texto consolidado
El uniforme profesional que podrán usar los colegiados será el de uso por los ingenieros del I. C. A. I., con el emblema antes citado.
Dicho uniforme es de paño color azul marino oscuro, chaqueta cruzada y gorra de plato, con la tapa de igual paño; con hombreras ribeteadas por cordoncillo dorado y con el emblema en el centro, y con pantalón liso, sin vueltas. En el frente de la gorra, el emblema mediante placa esmaltada en colores. Para el de gala se adicionará un fajín, color morado, con remate flecado dorado.
El uso del uniforme profesional podrá ser obligado por el Colegio para asistir a determinados actos de carácter corporativo o representativo oficial o solemnidades.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1964-23305.