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Ley Foral Vigente

Artículo 43. Gestión.

Artículo 43 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. · BOE-A-1995-16401

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.

Texto consolidado

1. La gestión de las cuotas de urbanización corresponderá a las entidades locales actuantes.

2. En los supuestos previstos en el artículo 36 de esta Ley Foral es obligatoria la exigencia de pago de cuotas de urbanización para sufragar la totalidad de los costes de la urbanización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-01-01.

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