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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 43. Responsables subsidiarios.

Artículo 43 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros. · BOE-A-1998-2572

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

Texto consolidado

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas propietarias de los inmuebles o instalaciones utilizados como mataderos que no ejerzan por sí mismas la actividad comercial serán responsables subsidiarias de la deuda tributaria generada por esta tasa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales..

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