Artículo 43. De la accesibilidad.
Artículo 43 de la Ley 4/2012, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-13775
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-19.
Texto consolidado
De acuerdo con lo establecido en el artículo anterior y en el ámbito de las competencias de la Comunitat Valenciana, los poderes públicos de la Comunitat Valenciana establecerán las medidas necesarias para garantizar el derecho a la accesibilidad universal en cualquier ámbito de la vida pública, social, educativa o económica y, específicamente, la accesibilidad espacial en las instalaciones, edificios y servicios públicos.