Artículo 43. Participación.
Artículo 43 de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. · BOE-A-2022-11589
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-14.
Texto consolidado
El Estatuto de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación regulará las formas y el procedimiento para asegurar la participación en sus actividades de las organizaciones representativas de los intereses sociales afectados, entre ellas, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así como del conjunto de las administraciones públicas y de las asociaciones y organizaciones de ámbito estatal legalmente constituidas cuya actividad esté relacionada con la promoción o la defensa de la igualdad de trato y la no discriminación.