Artículo 43. Colaboración de las entidades locales.
Artículo 43 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura. · BOE-A-2019-15519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-16.
Texto consolidado
La Administración de la comunidad autónoma de Extremadura promoverá mecanismos de colaboración con las entidades locales tendentes a fomentar la acción voluntaria en los ámbitos de actuación del voluntariado, como instrumentos para ampliar el conocimiento de la población respecto a los recursos comunitarios y para vincular a la ciudadanía con su contexto social, económico y cultural más próximo.