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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 43.

Artículo 43 del Instrumento de Adhesión de España al Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (C. M. R.), hecho en Ginebra el 19 de mayo de 1956. · BOE-A-1974-753

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-05-13.

Texto consolidado

1. El presento Convenio entrará en vigor el nonagésimo día, después de que cinco de los países citados en el párrafo 1 del articulo 42 hayan depositado su instrumento de ratificación o de adhesión.

2. Para cada uno de los países que ratificare o se adhiriere después que los cinco países hayan depositado su instrumento de ratificación o de adhesión, el presente Convenio entrará en vigor el nonagésimo día siguiente al depósito del instrumento de ratificación o de adhesión de dicho país.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1974-05-13.

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