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Real Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 427. Impugnación de los acuerdos de la asamblea general de obligacionistas.

Artículo 427 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. · BOE-A-2010-10544

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-29.

Texto consolidado

Los acuerdos de la asamblea general de obligacionistas podrán ser impugnados por los obligacionistas conforme a lo dispuesto en esta Ley, para la impugnación de los acuerdos sociales.#a45.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-29.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial..

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