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Real Decreto Vigente

Artículo 42. Intrusismo profesional.

Artículo 42 del Real Decreto 3428/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos y de su Consejo General. · BOE-A-2001-336

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-05.

Texto consolidado

El Colegio deberá ejercitar las acciones judiciales procedentes cuando tenga noticias de la comisión del delito tipificado en el artículo 403 del Código Penal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-05.

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