Artículo 42. Responsabilidades.
Artículo 42 de la Ley Foral 17/1998, de 19 de noviembre, de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra. · BOE-A-1999-298
Atención: Ley Foral 17/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las personas que gestionen bienes y derechos de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra quedarán sujetas a indemnizar los daños y perjuicios que puedan causarle por acciones u omisiones realizadas interviniendo dolo, culpa o negligencia grave con infracción de la normativa vigente, con independencia de la responsabilidad penal o de otro orden que les pueda corresponder.