Artículo 42. Instrumentos para el desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
Artículo 42 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. · BOE-A-2021-20916
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-23.
Texto consolidado
El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía se desarrolla a través de los siguientes instrumentos:
a) Los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional.
b) Las actividades de planificación de la Junta de Andalucía que, en aplicación de esta Ley, tienen la consideración de planes con incidencia en la ordenación del territorio.