Artículo 42. Recursos económicos.
Artículo 42 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101
Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Agencia Valenciana Seguridad Alimentaria, para el cumplimiento de sus fines, dispone de los siguientes recursos:
a) Las asignaciones que anualmente se establezcan a cargo de los presupuestos de la Generalitat.
b) Las aportaciones procedentes de fondos estatales o comunitarios destinados al cumplimiento de sus finalidades.
c) Las tasas o demás ingresos públicos que devengue por su actividad.
d) Las subvenciones, aportaciones y donaciones que se otorguen a su favor.
e) Cualquier otro no previsto en los apartados anteriores que legalmente le corresponda.