Artículo 42. Normas de Protección de Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos.
Artículo 42 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja. · BOE-A-2003-7528
Atención: Ley 4/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para cada uno de los Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos que se declaren como tales se elaborarán sus correspondientes Normas de Protección que contendrán, al menos, la identificación de los valores a proteger y los posibles riesgos que puedan ponerlos en peligro y las normas de regulación de usos y actividades destinadas a proteger, conservar o mejorar los valores ambientales.