Artículo 42. Efectos de la actividad inspectora.
Artículo 42 de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial. · BOE-A-2008-14194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-08-09.
Texto consolidado
Las actas que extienda el personal inspector de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial como consecuencia de la actividad que regula este capítulo tienen la presunción de veracidad, salvo que exista una prueba en contra.