Artículo 42. Graduación de las sanciones.
Artículo 42 de la Ley 1/2023, de 16 de febrero, por la que se regula la atención temprana en la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2023-5958
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
Las sanciones se gradúan en grado mínimo, medio o máximo atendiendo a los siguientes criterios:
a) Gravedad de la infracción.
b) Gravedad de los perjuicios causados.
c) Riesgo para la salud o la seguridad de las personas.
d) Número de personas o entidades afectadas.
e) Beneficio obtenido.
f) Grado de intencionalidad y reiteración.
g) Reincidencia, por comisión en el plazo de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.