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Ley Vigente

Artículo 419. Cuantía.

Artículo 419 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-29.

Texto consolidado

La cuota de la tasa es de:

1. Por cada metro cuadrado de superficie de exposición y venta a implantar o ampliar: 30 euros.

2. Por cada metro cuadrado de superficie de venta existente, cuando la solicitud esté motivada por un cambio de actividad: 15 euros.#dasegunda

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-29.

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