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Ley Vigente

Artículo 417. Hecho imponible.

Artículo 417 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-29.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación a instancia de parte de los servicios de tramitación y de resolución sobre la licencia autonómica relativos a la implantación, la modificación de actividad o la ampliación de grandes establecimientos comerciales.#dasegunda

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-29.

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