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Real Decreto Vigente

Artículo 41. Documentación técnica.

Artículo 41 del Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes. · BOE-A-2016-2578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-16.

Texto consolidado

1. La documentación técnica mencionada en el artículo 11, apartado 2, comprenderá todos los datos y detalles pertinentes de que el producto cumple los requisitos establecidos en el artículo 5, apartado 1, y en el anexo I. En particular, incluirá los documentos pertinentes indicados en el anexo IX.

2. La documentación técnica garantizará que el diseño, construcción, funcionamiento y evaluación de la conformidad se entiendan claramente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-03-16.

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