Artículo 41. Control.
Artículo 41 del Real Decreto 384/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles. · BOE-A-2015-6704
Atención: Real Decreto 384/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Si bien la concesión de matrícula de prueba no implica la inscripción de la aeronave en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea llevará el necesario control de las mismas.